Ministerio de Justicia turco aduce “razones imprevisibles” para justificar aislamiento de Öcalan

Hace más de dos años que no hay noticias del líder kurdo Abdullah Öcalan, encarcelado en la isla-prisión de Imrali desde 1999. El fundador del Partido de los Trabajadores de Kurdistán (PKK) pudo mantener una breve llamada telefónica con su hermano Mehmet Öcalan, el 25 de marzo de 2021. Del mismo modo, no se sabe nada de los otros presos políticos de Imrali, Hamili Yıldırım, Veysi Aktaş y Ömer Hayri Konar.

Mientras que las visitas se deniegan arbitraria y sistemáticamente, las sanciones disciplinarias que motivan estas denegaciones se entregan muy tarde a los abogados de los reclusos.

Los letrados presentaron una demanda individual ante el Tribunal Constitucional turco (AYM, por sus siglas originales), afirmando que sus defendidos son sometidos a malos tratos debido al aislamiento agravado, especialmente desde 2021. En los últimos ocho años, el bufete de abogados Asrın –que representa a Öcalan y a los demás presos de Imrali- presentó decenas de recursos ante el AYM.

Según la agencia de noticias Mezopotamya (MA), el Tribunal Constitucional pidió al Ministerio de Justicia un dictamen sobre 23 de estas solicitudes. El Ministerio presentó entonces un dictamen al tribunal sobre las prohibiciones de las visitas de los abogados, las prohibiciones disciplinarias para impedir las visitas de los familiares así como de otro tipo de comunicaciones, además de las prohibiciones durante el Estado de Emergencia (OHAL) y muchas cuestiones similares.

El Tribunal Constitucional también solicitó la opinión del bufete de Asrın sobre los 23 expedientes.

En el dictamen presentado por el Ministerio por el AYM el 24 de marzo pasado, se afirmó que el aislamiento en Imrali no constituye “malos tratos”. Alegando que los malos tratos eran “relativos”, el Ministerio recordó las decisiones relativas a los obstáculos y consideró que el aislamiento era “leve”.

La cartera de Justicia también afirmó que los derechos de visitas de familiares y abogados, de las llamadas telefónicas, y a recibir y enviar cartas, se aplicaron de conformidad con la legislación. A su vez, justificó que que no se realizaron dichas visitas “por razones imprevisibles, y porque se adoptaron estrictas medidas de seguridad (…)”. En la respuesta del Ministerio no se aclara cuáles eran esas “razones imprevisibles”.

El Tribunal Constitucional pidió opinión sobre esto a los abogados del bufete de Asrın el 3 de abril, después de que el Ministerio emitiera su dictamen.

Los letrados señalaron que los argumentos esgrimidos por la cartera de Justicia en relación con el rechazo de las visitas de familiares y abogados, no reflejan la verdad. Según la agencia MA, se refirieron a la decisión Benali-Libia, del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (ONU), y dijeron que la prohibición de la tortura de la ONU se violaba al impedir las visitas de familiares y abogados, y que tal situación se describía como “incomunicación (falta absoluta de comunicación)”.

Los abogados subrayaron que, contrariamente a lo que afirmaba el Ministerio turco, sus solicitudes debían tramitarse en el ámbito del artículo 17 de la Constitución (malos tratos, prohibición de la tortura).

Al recordar la legislación internacional y nacional, los abogados subrayaron que los derechos de Abdullah Öcalan y los demás clientes en Imrali han sido usurpados en este contexto. También subrayaron que las condiciones y los tratos que pueden quebrantar la resistencia física y moral de una persona están relacionados con la prohibición de “malos tratos”.

Todavía no se sabe cuándo el Tribunal Constitucional, que lleva años dejando sin respuesta las solicitudes de los abogados, se pronunciará sobre estas últimas solicitudes.

FUENTE: ANF / Edición: Kurdistán América Latina

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